Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada CAUCHOS Y REINES R10 C.A., en contra del auto dictado en fecha 19 de febrero de 2013 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.- SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, continué con los tramites procesales correspondientes a la sustanciación del recurso de apelación incoado por la Empresa demandada CAUCHOS Y REINES R10 C.A., en contra del auto dictado en fecha 22 de enero de 2013. TERCERO: SE ANULA el auto apelado. CUARTO: NO HAY CONDENA EN COS.....