Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente contra la decisión de fecha 25 de junio de 2012 emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano RITO JOSÉ RODRÍGUEZ MAGO contra la sociedad mercantil ELECTRIFICACIONES, CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES C.A., (ELECONCA) y solidariamente contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA MARCANO RODRÍGUEZ C.A., (CONSMARCA) y los ciudadanos LEUDO RODRÍGUEZ y DAYANA RODRÍGUEZ, por motivo de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: SE CONF.....