PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación incoado por la parte demandante recurrente, contra la sentencia de fecha 21 de Noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la demanda incoada por el ciudadano JULIO CÉSAR RAMÍREZ BALLESTEROS contra la sociedad mercantil SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A, por motivo de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos.
TERCERO: SE CONFIRMA el fallo apelado.
CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante recurrente en virtud de lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Pr.....