PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente en contra de la decisión de fecha: 16-04-2009 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
SEGUNDO: SE ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA, al estado que el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, correspondiente, practique la notificación judicial de la empresa demandada principal sociedad mercantil GEMINIS CATERING & SUMINISTRO COMPAÑÍA ANONIMA, para la celebración de la audiencia preliminar.
TERCERO: SE .....