PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA el convenimiento celebrado entre el ciudadano JOSÉ ANTONIO MAUREIRA, a través de su apoderado judicial abogado MISAEL CARDOZO y la FUNDACIÓN COLEGIO "VIRGEN DEL ROSARIO", se le imparte el carácter de COSA JUZGADA, y se ABSTIENE de remitir la presente causa al Juzgado Noveno de Primera Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas hasta tanto venza el lapso señalado por las partes para el cumplimiento del convenimiento celebrado.
SEGUNDO: SE DECLARA INOFICIOSO dictar el respectivo dispositivo en contra de la sentencia dictada en fecha 30 de Marzo de 2017 por el JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LAB.....