Este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la parte demandante recurrente en contra de la decisión de fecha cinco (05) de octubre del año 2011, dictado por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia. SEGUNDO: SE REPONE, la presenta causa al estado de celebrarse la audiencia preliminar, en consecuencia se remite el presente asunto al Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia a los fines señalados. TERCERO: No se condena al pago de costas procesales a la parte actora en virtud de haber resultado procedente lo denunciado.