Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada en ejercicio MARIA URDANETA BARROETA, actuando como apoderada judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL COMERCIAL REYES C.A. ( COMRECA), en contra de la decisión dictada en fecha 03 de Octubre de 2014 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
2) INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por SOCIEDAD MERCANTIL COMERCIAL REYES C.A. (COMRECA) EN CONTRA DE LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA No. 87/14 de fecha 15 de Mayo de 2014, dictada por la ciudadana ANMY PÉREZ, en su condición de INSPECTORA DEL TRABAJO Jefe "Dr. Luís Hómez" Maracaibo, Estado Zulia;; TODO CONFORME LO DISPONE EL .....