este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho ROBERTH SOTO actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante en contra de la decisión dictada en fecha 14 de agosto de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) SIN LUGAR la demanda que por COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES intentó el ciudadano RAMON URDANETA en contra de la sociedad mercantil TRANSPORTE FAGA Y BOVINELLI C.A. 3) SE CONFIRMA el fallo apelado. 4) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.