este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante, en contra de la decisión dictada en fecha 26 de noviembre de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por reclamo de prestaciones sociales y otros conceptos laborales intentaron los ciudadanos ÁNGEL ANTONIO SULBARAN PALMAR, y otrosen contra de la sociedad mercantil EGON, C.A., y de los ciudadanos MARIO CARRUYO CHACIN, y otros.3) SE CONDENA a la sociedad mercantil EGON, C.A., y a los ciudadanos MARIO CARRUYO CHACIN, NERIO ENRIQUE URDANETA GONZALEZ, GIOVANNI LAMOTANARA TANGORA Y JORGE LUIS TORRES MORENO, pagar a los actores la cantidad de Bs. 102.612.99, distribuida esta cantidad tal y como se estableció en la parte motiva de esta decisión entre todos los trabajadores;