este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho LUIS MANUEL AÑEZ LÓPEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 30 de junio de 2.010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) SIN LUGAR la demanda que por RECLAMO DE DIFERENCIAS SALARIALES, DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, intentó el ciudadano JOSÉ ANTONIO ARELLANO HUERTA en contra de la sociedad mercantil NOVARTIS DE VENEZUELA, S.A. 3) SE CONFIRMA el fallo apelado.