Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION interpuesto por el profesional del derecho MANUEL CONTRERAS, en contra de la decisión de fecha 11 de julio de 2008 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; 2) SE REPONE LA CAUSA al estado de que el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, que resulte competente fije la celebración de la Audiencia de Juicio, Oral y Pública, en el procedimiento que por Beneficios Laborales siguen los ciudadanos NEANYER BARROSO, HERIBERTO SEGUNDO VIVAS BERNAL, ALEXIS JUNIOR MICHELENA MORENO, ANGEL SEGUNO NAVA y MARCELINO SEGUNDO CHIRINO PÉREZ frente a la sociedad mercantil INVERSIONES SABENPE C.A., sin necesidad de notificar a las partes.-