JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la decisión de fecha 19 de septiembre 2008, por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciacion, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por calificación de despido intentó la ciudadana NAYDA DEL VALLE LEAL GONZALEZ, en contra de la Sociedad Mercantil MATERIALES ELECTRICOS PERIJA C.A. (MAELCA). 2) QUEDA EN CONSECUENCIA FIRME LA DECISIÓN APELADA. 3) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.