este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho OSCAR ATENCIO actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, DAÑO MORAL, DAÑOS MATERIALES Y RECLAMO DEL DERECHO A LA JUBILACION intentó el ciudadano AMILCAR JOSE MARTINEZ PETIT en contra las sociedad mercantil MARAVEN S.A. FILIAL DE PETRÓLEOS DE VENEZUELA S.A., HOY PDVSA3) SE NIEGA EL DERECHO A LA JUBILACION SOLICITADO POR LA PARTE ACTORA CIUDADANO AMILCAR JOSE MARTINEZ PETIT. 4) SE CONDENA a la Sociedad Mercantil MARAVEN S.A. FILIAL DE PETRÓLEOS DE VENEZUELA S.A., HOY PDVSA, a pagar al actor ciudadano AMILCAR JOSE MARTINEZ PETIT las cantidades que establezca este Tribunal en la parte motiva del fallo.