Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte demandante en contra de la decisión de fecha 20 de noviembre de 2013, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que conoció de la demanda intentada por la ciudadana GRIMALDA VILLALOBOS MARQUEZ, en contra del HOSPITAL Dr. MANUEL NORIEGA TRIGO. 2) QUEDA EN CONSECUENCIA, FIRME LA DECISIÓN APELADA. 3) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES A LA PARTE APELANTE. 4) SE ORDENA NOTIFICAR A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, remitiéndole copia certificada de la presente decisión