Sobre la base de las consideraciones antes expresadas, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE el RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES propuesto por el ciudadano ARDENIS ENRIQUE PERE BOADA contra la providencia administrativa 070-2014, de fecha 26 de agosto de 2014 dictada en el expediente administrativo 008-2013-01-00147 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y MIRANDA DEL ESTADO ZULIA a través de la cual declaró CON LUGAR la solicitud de CALIFICACION DE FALTAS Y AUTORIZACIÓN DE DESPIDO intentado por Asociación Civil INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DE CABIMAS (IUTC).
SEGUNDO: No hay especial condenatoria al pago de las costas procesales conforme al alcance contenido en el artículo 76 del Decreto con Rango, Valo.....