Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES POR DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguió el ciudadano LUCAS ALBERTO URRIBARRI MANZANERO contra la sociedad mercantil AUTOMOTRIZ CABIMAS, CA.
En consecuencia, se le condena a pagar la suma de seis millones setecientos mil ciento cuarenta y un bolívares con veintinueve céntimos (Bs.6.700.141) por los conceptos laborales que fueron debidamente detallados en el cuerpo de este fallo.
Así mismo, se le condene a pagar el monto que resulte de las experticias complementarias ordenadas en la forma indicada en el cuerpo de este fallo.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el ar.....