Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE PROCEDENTE la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES DERIVADAS DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguió la ciudadana IRMA JOSEFINA SANCHEZ ÁLVAREZ DE MARTINI contra la sociedad mercantil CHERKATE BEINULMELALI-E-KHANESAZI IRANIAN (IRANIAN INTERNATIONAL HOUSSING COMPANY, CA).
En consecuencia, se condena a pagar la suma de ciento seis mil trescientos ochenta y ocho bolívares con cuarenta céntimos (Bs.106.388,40) por los conceptos laborales de indemnizaciones derivadas de la Responsabilidad Subjetiva Patronal y Daño Moral.
Igualmente, en caso de incumplimiento, se condena a pagar el monto que resulte de la corrección o indexación monetaria ordenada .....