Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La HOMOLOGACIÓN de la transacción judicial celebrada en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTERESES DE MORA CONTRACTUAL siguió el ciudadano EZEQUIEL ANTONIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ contra la sociedad mercantil SCOMI OILTOOLS DE VENEZUELA, SA.
En consecuencia, se da por consumado el acto y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se da por terminada la presente causa, se suspende la celebración de la audiencia de juicio y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste el pago de la obligación contraída.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de .....