....En vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso con respecto a los trabajadores antes mencionados y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, se ordena la continuación del procedimiento con respecto a la reclamación del ciudadano CARLOS REYES, en tal sentido, se fija la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar para el día 13 de Diciembre de 2010 a las 11:30Am.