PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano ASICLO AGUILAR contra la empresa VIGILANTES DEL ZULIA, C.A.; y en consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la empresa VIGILANTES DEL ZULIA, C.A., a pagar al demandante ASICLO AGUILAR, la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS BOLÍVARES CON SETENTA CÉNTIMOS (Bs. 3.000.292,70), suma ésta que fue producida conforme a los conceptos establecidos en la parte motiva de esta sentencia.
SEGUNDO: La cantidad que resulte del cálculo de los intereses moratorios calculados sobre la cantidad indicada en el particular primero, del dispositivo de esta sentencia, deben ser calculados desde el día 07 de enero de 1998, fecha en la cual se produjo el despido, hasta el día anterior a la fecha en que se realice el respectivo cómputo, luego de que el presente fallo se encuentre en fase de ejecución, a la tasa de interés promedio entre la activa y pasiva, determinada por el Banco Central de Venezuela, to.....