LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN en la pretensión de BENEFICIO DE JUBILACIÓN incoada por la ciudadana ELVA GERTRUDIS GUERERE LEAL, en contra de la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV), ambos plenamente identificados en las actas procesales.
No procede la condenatoria en costas de la accionante de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.