ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ANDRIO JOSUE PETIT MARQUEZ, en contra de la Sociedad Mercantil PRODUCTOS LACTEOS LA ARGENTINA C.A (PROLACTECA) por motivo de ACCIDENTE DE TRABAJO.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada PRODUCTOS LACTEOS LA ARGENTINA C.A (PROLACTECA) al pago de las cantidades de dinero como se indicaron en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: No se condena en costas procesales dada la parcialidad del fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines legales previstos en l.....