DISPOSITIVO:
En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
1.- CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional incoada por la ciudadana ADRIANA JOSEFINA RAMIREZ RAGA, en contra de la empresa EL REGIONAL DEL ZULIA, C.A.
2.- SE ORDENA a la empresa EL REGIONAL DEL ZULIA, C.A, cumpla con lo ordenado en la Providencia Administrativa N° 296, de fecha 30 de agosto de 2010, del Expediente N° 042-09-01-00017, que declaró CON LUGAR la Solicitud de REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS incoada por la ciudadana ADRIANA JOSEFINA RAMIREZ RAGA, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.210.282, en contra de la empresa mercantil EL REGIONAL DEL ZULIA, C.A, y se ordena a dicha empresa reponer a la mencionada ciudadana a su lugar de trabajo en las mismas condi.....