DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- SE NIEGA la solicitud de Medida Cautelar solicitada por la parte actora.
2.- PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que por Diferencias de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, sigue el ciudadano JUAN CARLOS MONTIEL en contra de la Sociedad Mercantil MARINE DIESEL IMPORT, C.A. (MADIMPORT, C.A.)
3.- Se ordena la accionada Sociedad Mercantil MARINE DIESEL IMPORT, C.A. (MADIMPORT, C.A.), cancelar al actor ciudadano JUAN CARLOS MONTIEL, los conceptos y cantidades que se especifican en la parte motiva del presente fallo.
4.- No hay condenatoria en costas en virtud del carácter parcial de la condena.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conf.....