DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesto por el abogado MAZEROSKY POTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 120.268, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES, LINEAS, ACUEDUCTOS Y MONTAJES, INSTALACIONES, S.A, (CLAM INSTALACIONES, S.A.), (suficientemente identificados en las actas procesales) contra la Providencia Administrativa No. 00129-14, de fecha 29 de Julio de 2014, emanada DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA SEDE GENERAL RAFAEL URDANETA.
2.- No hay condenatoria en Costas en virtud de la naturaleza del fallo dictado.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del p.....