DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1) SIN LUGAR LA COSA JUZGADA alegada por la representación judicial de la demandada PEPSI COLA DE VENEZUELA, C.A.
2) CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano ALEXANDER DE JESÚS RIOS RIVERA en contra PEPSI COLA DE VENEZUELA, C.A., por motivo de DIFERENCIA DE SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR.
3) SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines lega.....