En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, se declara:
1.-COMPETENTE para conocer el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto contra el ACTO ADMINISTRATIVO DE FECHA 16 DE MARZO DE 2016, No. DE AUTO: 2016-0944, emanado del REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES.
2.-ADMITE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto y en consecuencia, ordena de conformidad con lo dispuesto en artículo 78 de la Ley Orgánica la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la notificación del DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES, MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO, acompañando a la boleta de notificación correspondiente, copia de la presente demanda y su admisión, acordando solicitarle la remisión de los .....