REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, ocho de agosto de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: VP01-O-2015-000023

ACTA DE AUDIENCIA DE AMPARO CONSTITUCIONAL

En el día de hoy, ocho (08) de Agosto de 2016, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijados para llevar a efecto la presente de AUDIENCIA DE AMPARO CONSTITUCIONAL en la causa signada con el No. VP01-0-2015-000023, en el juicio incoado por el ciudadano JHONY JOSE VERA ZAMBRANO contra de la decisión emitida por la INSPECTORIA DEL TRABAJO SEDE GENERAL RAFAEL URDANETA donde se niega la reincorporación al sitio de trabajo del ciudadano JHONY JOSE VERA ZAMBRANO, estando presente en la Sala de Audiencia la ciudadana, JOSNELLY ANGARITA FAJARDO en su condición de Juez Temporal quien preside este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en compañía de la ciudadana JHOSMARY BRACHO, en su condición de Secretaria y del ciudadano Alguacil del mismo; y anunciada como fue la audiencia constitucional de amparo de conformidad con el articulo 26 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales por parte del referido alguacil de viva voz a puertas de la sala de atención al público, se constató la incomparecencia de la parte presuntamente agraviante JHONY JOSE VERA ZAMBRANO, ni por si ni por medio de apoderado judicial, de la comparecencia de la representación del Fiscal Vigésimo Segundo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. En este estado, dándose así inicio a la presente Audiencia Constitucional, tomando la palabra la ciudadana Jueza, quien expuso sobre las formalidades de Ley, se le concedió la palabra a la representación del Fiscal Vigésimo Segundo del Ministerio Publico quien expuso sus alegatos correspondientes solicitando se declare terminado el asunto por abandono de tramite.
Ahora bien, el Tribunal pasa a pronunciar sentencia oralmente en los siguientes términos: Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes mencionados, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

1. TERMINADA LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL POR ABANDONO DE TRAMITE conforme al criterio sentado en decisión Nro 7 emitida por la Sala Constitucional de fecha 01 de Febrero de 2000, caso Amado Mejia Betancourt, en el juicio incoado por el ciudadano JHONY JOSE VERA ZAMBRANO contra de la decisión emitida por la INSPECTORIA DEL TRABAJO SEDE GENERAL RAFAEL URDANETA donde se niega la reincorporación al sitio de trabajo del ciudadano JHONY JOSE VERA ZAMBRANO ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
2. No se condena en Costas de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo único del artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por la Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Se da por concluida la presente Audiencia de Juicio. Se deja constancia que la presente Audiencia tal y como establece el artículo 162 de la misma Ley Adjetiva antes nombrada, fue reproducida en forma audiovisual a través de los medios necesarios para tal fin. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,

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ABG. JOSNELLY ANGARITA FAJARDO


La Secretaria,

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ABG. JHOSMARY BRACHO


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Fiscal Vigésimo Segundo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

En la misma fecha y hora se dictó y publicó el fallo que antecede; quedando registrado bajo el Nro. 60.
La Secretaria,

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ABG. JHOSMARY BRACHO

VP01-O-2015-000023