DISPOSITIVO
En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, se declara:
1.- LA PERDIDA DEL INTERÉS PROCESAL de la parte recurrente en el impulso del procedimiento hasta obtener un pronunciamiento en el presente recurso de nulidad contra la Providencia Administrativa de fecha 03 de Septiembre de 2011, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, interpuesto por el abogado JOSE MEDINA YEDRA, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil TRAVELER’S HOTEL, C.A., lo que conlleva a la declaratoria del DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN.
2.- No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
3.- Se ordena notificar a la Sociedad Mercantil TRAVELER’S HOTEL, C.A., de la decisión aquí proferida, en la.....