DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1. CON LUGAR LA COSA JUZGADA alegada por las empresas co-demandadas DRAGAS DEL SUR, C.A (DRAGASUR), y ALIANZA ZONA I, por Diferencia de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.
2. SIN LUGAR LA DEMANDA intentada por los ciudadanos FERNANDO ALBORNOZ SOTO Y OTROS, en contra de las empresas co-demandadas DRAGAS DEL SUR, C.A (DRAGASUR), y ALIANZA ZONA I, por Diferencia de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.
3. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedim.....