DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
1.- LA INCOMPETENCIA FUNCIONAL, para conocer la presente causa interpuesta por la ciudadana MARIA DIOSELINA MORENO ROSALES, actuando en su propio nombre y representación de sus menores hijos YUSMARI MARIA, YORWIN JOSE y JORGE ALEXANDER PASTRAN MORENO; en virtud del fallecimiento de su concubino, el ciudadano JORGE GUSTAVO PASTRAN RONDON, en contra de Sociedades Mercantiles SERVICIOS DE POZOS ANZOATEGUI, C.A., LUBVENCA DE OCCIDENTE, C.A., TECPETROL DE VENEZUELA, C.A. y PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA) y como terceros intervinientes las Sociedades Mercantiles MAPFRE LA SEGURIDAD S.A. y SEGUROS PIRÁMIDES C.A., (identificados en actas procesales).
2.- SE DECLINA LA COMPETENCIA en los JUZGADOS DE JUICIO PARA.....