DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- HOMOLOGADO el desistimiento formulado por el abogado YTALO TORRES, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACION MATRIX TV, C.A., en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto, en contra de la Providencia Administrativa No. 636, emanada de la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 29 de Abril de 2011.
2.- Se ordena el archivo definitivo del expediente y se declara Terminado el presente procedimiento.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido e.....