En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, se declara:
1.- COMPETENTE para conocer el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por ciudadano OSCAR OCANDO APOLINAR, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 40.713, actuando en su carácter de SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL en representación de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO CATATUMBO DEL ESTADO ZULIA, suficientemente identificado en las actas procesales; contra la Providencia Administrativa No. 072-2014, de fecha 05-02-2014, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN SEDE SANTA BARBARA DE ZULIA.
2.- ADMITE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto y en consecuencia, ordena de conformidad con lo dispuesto en artículo 78 de la Ley Orgánica la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la notificación del INSPEC.....