1.- SIN LUGAR el desconocimiento de firma efectuado por la parte actora, en relación a la documental referida a carta de renuncia promovida por la parte demandada, de conformidad con el artículo 87 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
2.- SIN LUGAR la demanda que por concepto de Diferencia sobre Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, sigue el ciudadano MIGUEL ANTONIO GARCÍA en contra de la empresa INSTITUTO MUNICIPAL DE ASEO URBANO Y DOMICILIARIO DE MARACAIBO (IMAU).
3.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS a la parte actora, por devengar el mismo menos de tres (03) salarios mínimos, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
4.- SE CONDENA EN COSTAS a la parte actora, en relación a la incidencia de cotejo surgida, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
5.- NOTIFÍQUESE AL SINDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO MARACAIBO, de conformidad con el articulo 155 de la Ley Orgánica del Poder Público .....