DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos en la parte motiva de este fallo, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
1.- SE REPONE la causa, al estado que se notifique a la demandada ALCALDÍA DE MARACAIBO, de la acción intentada por el ciudadano CARLOS YESID MORALES GARCÍA, en los términos señalados en el artículo 155 de la Ley Orgánica del Poder Pública Municipal, lo cual será realizado por el Juez que conoció de la causa en fase de mediación.
2.- LA NULIDAD de las actuaciones posteriores a la notificación del síndico procurador del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.
3.- SE ORDENA la remisión del presente asunto, al Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a .....