DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: Declara: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción y/o acuerdo de pago realizado en la cantidad de de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.120.000,00) para el demandante con lo cual se pone fin al procedimiento de NULIDAD Providencia Administrativa Nº 000054-14 de fecha 09-05-2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, que declaró Sin Lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios caídos de la ciudadano WILFREDO MANUEL MARQUEZ FAJARDO, y se le da el carácter de cosa juzgada, y se ordena archivar el expediente.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRE.....