DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente Con lugar la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano JULIO FARIÑO RANGEL, en contra de la Sociedad Mercantil EURO PIZZA, C.A.
SEGUNDO: Se condena a la Sociedad Mercantil EURO PIZZA, C.A., a cancelar al ciudadano JULIO FARIÑO RANGEL, la cantidad de CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUATRO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 56.604,59), por los conceptos indicados en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: Se ordena el pago de los intereses moratorios desde la fecha de terminación de la relación de trabajo (19/05/2013) y la indexación, sobre las cantidades condenadas a pagar de acuerdo a los linea.....