DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos en la parte motiva de este fallo, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la defensa de Cosa Juzgada opuesta por la demandada Sociedad Mercantil PRIDE INTERNATIONAL, S.A..
SEGUNDO: Sin lugar la demanda que por Ejecución de Sentencia, Salarios Caídos y Daño Moral tiene incoado el ciudadano RUPERTO ANTONIO CONTRERAS, en contra de la Sociedad Mercantil PRIDE INTERNATIONAL, C.A..
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.