En este estado el Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, visto que el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público se HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, se le imparte el carácter de Cosa Juzgada, pero el Tribunal se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en actas el cumplimiento definitivo del acuerdo. Es todo y conforme firman.