Se HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano JUAN CARLOS LAGUNA GONZÁLEZ, y la sociedad mercantil CONSORCIO PRECOWAYSS integrado por las empresas PRECOMPRIMIDO, C.A., y WAYSS & FREYTAG INGENIEURBAU, A.G. (Sociedad Anónima), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo definitivo del expediente. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.