este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154º y 203º
LA JUEZ
ABG. BERTHA LY VICUÑA DE MARQUÉZ
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA.
LA SECRETARIA
ABG. BRIJAIDA GOMEZ,