Se publicó sentencia definitiva en la cual el Tribunal declara: 1) CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana EVELYN CHIQUINQUIRÁ PEÑA SÁNCHEZ frente a la sociedad mercantil PUBLICENTRO, C.A. En consecuencia, se condena a la sociedad mercantil PUBLICENTRO, C.A., a cancelar a la ciudadana EVELYN CHIQUINQUIRÁ PEÑA SÁNCHEZ, la cantidad de bolívares 266 mil 977 con 00/100 céntimos; por concepto de prestaciones sociales de conformidad con el artículo 142 Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, indemnización por terminación de la relación de trabajo por causas ajenas al trabajador, vacaciones vencidas y fraccionadas, bono vacacional vencido y fraccionado y utilidades prorrateadas, más los intereses moratorios y la corrección monetaria, éstos últimos calculados por experticia complementaria del fallo. 2) SE CONDENA en costas procesales a la sociedad mercantil PUBLICENTRO, C.A., de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.