este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, lo HOMOLOGA y le da carácter de cosa juzgada. Así mismo se da por terminado el presente asunto y se ABSTIENE de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas el cumplimiento total de la obligación asumida por la parte demandada, y en caso de incumplimiento la misma se tendrá como de plazo vencido, lo que dará derecho a la parte actora de ejecutarla forzosamente imputándosele los gasto de ejecución que pudieran acarrearse. Así se decide.
El Juez.
Aboga. Alfredo García López.
La Secretaria.
Aboga. María Negron