DISPOSITIVO
En nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, el Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, administrando justicia por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA NULIDAD de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha Dos (2) de Junio de 2.015, así como de la decisión que declaró la incomparecencia de la parte demandada, en la presente causa que por reclamo de Prestaciones Sociales, y otros conceptos laborales sigue el Ciudadano FRANCISCO ANTONIO OCANDO HERNANDEZ en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL COMERCIALIZADORA DE CREDITOS Y SERVICIOS, C.A (COMERCRESUCA).
SEGUNDO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado en que se practique la Notificación a la parte demandada, corrigiendo las carencias anotadas supra, esto es, indicando el nombre y apellido de cualesquiera de los representantes legales, estatutarios o jud.....