De conformidad con lo dispuesto en el artículo 131 de la ley orgánica procesal del trabajo, el Tribunal procedió a declarar con lugar la acción intentada, y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 158 de la ley orgánica procesal del Trabajo, se acogió al termino de 5 días de despacho para la publicación definitiva del fallo. En consecuencia de ello y en tiempo oportuno para el pronunciamiento de dicho dispositivo, este Tribunal, verificará la legalidad de la acción y los conceptos laborales que reclama el actor, para considerar sus procedencia o no, de acuerdo al ordenamiento jurídico legal y ratificar la declaratoria con lugar de la acción indicada