Este Tribunal Décimo Segundo en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes solicitan se provea una (1) copias certificadas del acta de transacción y de la presente acta.
Este tribunal provee las copias certificadas solicitadas por las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 21, ordinal 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se le da por terminado al presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente.-
La Juez
La Secretaria
Abg. Marlene Rojas de Siu
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