Revisados como han sido los escritos contentivos de las transacciones presentadas, en fecha 12 de diciembre de 2007 y 18 de diciembre de 2007, por ante la Unidad de Recepción de Documentos de este Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, y recibidas por este Tribunal, suscritas por una parte por el ciudadano AMERICO SEGUNDO SOTO ROSENDO, asistido por el abogado MAZEROSKY HALISKI PORTILLO, Inpreabogado 13.346, apoderado judicial de la parte actora, y por la otra las ciudadanas abogadas MARINES CASAS DE MAROSO, Inpreabogado: 19.135.y NATHALY GOMEZ LOPEZ, Inpreabogado 112.228, en su carácter de apoderadas judiciales de la codemandada CEMEX VENEZUELA, S.A. y la ciudadana abogada MERY FERRER VILLALOBOS, Inprebogado 19.607, en su carácter de apoderada de la codemandada MGH PROTECCIÓN INTEGRAL, C.A. Todos amplia y suficientemente identificados en autos. Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fueron redactadas las transacciones celebradas, observa que las mism.....