Con fundamento en los anteriores razonamientos, este Juzgado Decimo Primero de Primera Instancia del Trabajo de Gustación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, se declara incompetente para conocer de la estimación de honorarios profesionales formulada por la Abogada TATIANA MUÑOZ, y declina la competencia en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, al que por distribución le corresponda conocer y ordena la remisión del correspondiente cuaderno por separado a dicho tribunal, así como las copias certificadas que considere pertinentes la accionante. Asi se decide. Oficiese.
El Juez.
Mgs. Hugo Cordero Morillo. La Secretaria.