En consecuencia este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, solicitado por el apoderado del co-demandante ciudadano: Rafael Aníbal Pineda Cova, plenamente identificado en actas procesales impartiéndole el carácter de cosa Juzgada; se da por terminado el presente asunto, continuando el presente procedimiento en relación a los co-demandantes, Reinaldo Enrique Semprun Paz y Richard Antonio Moran Reyes contra de la entidad de trabajo C.A Cervecería Regional. No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. Así se decide.
EL JUEZ
Abg. FEDERICO RODRIGUEZ PETIT.
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