En consecuencia este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, solicitado por el apoderado del aparte actora ciudadano: José Luís Reverol Aguilar, plenamente identificado en actas procesales impartiéndole el carácter de cosa Juzgada; se da por terminado el presente asunto, solo en relación al co-demandado a titulo personal Nelson Luís Acosta Bracho, continuando el presente procedimiento en contra de la entidad de trabajo Banco Exterior. No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. Así se decide.
EL JUEZ
Abg. FEDERICO RODRIGUEZ PETIT.
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